miércoles, 16 de diciembre de 2009

CONGRESISTA WASHINGTON ZEBALLOS PRESENTA PROYECTO DE LEY Nº 3626 BUSCANDO SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA DEUDA TRIBUTARIA DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

El congresista Washington Zeballos presentó el Proyecto de Ley Nº 3626 con carácter multipartidario proponiendo que los intereses, multas y moras de la deudas con la SUNAT por montos inferiores a 2.5 millones de soles, sean eliminadas. De ese modo facilita el pago de la deuda tributaria a la SUNAT de los pequeños contribuyentes de las pequeñas empresas y salvaguardar la operación de sus unidades productivas y salvaguardad las fuentes de empleo.

La iniciativa legislativa propone aprobar la extinción de las multas, recargos, intereses y capitalización de los intereses de las deudas con la SUNAT pero solo de aquellos que tienen deudas no mayores a 2,500 nuevos soles y no de aquellos grandes deudores y evasores, de aquellos que han visto una forma de negocio el acumular deuda con la SUNAT y luego dejar que la empresa deudora quiebre, para luego operar contra razón social o una nueva persona jurídica.

El congresista Zeballos señaló que: “La razón de ser de la SUNAT no es cobrar multas, intereses y moras, sino el cobro de los tributos que corresponden a las empresas y a las personas naturales. No tiene sentido que en las cuentas de la SUNAT aparezcan deudas de 48 mil millones de soles, si estas son absolutamente incobrables”.

El congresista Washington Zeballos Gámes es autor del Proyecto de Ley Nº 3626 presentado de manera multipartidariamente, el cual justamente propone extinguir multas, recargos, intereses y/o reajustes a los intereses, así como otros gastos y costas de deudas no mayores a 2.5 millones de soles, la idea es no asfixiar a las pequeñas empresas que son las que generan la mayor empleo.

Se debe tener en cuenta que las MYPES y las PYMES constituyen el 98% de las empresas en el Perú que absorben el 88% de la PEA nacional, generando el 42% del PBI. A su vez hay una desacelaración de nuestra economía evidenciado en la caída de nuestras exportaciones y la salida del mercado de 1,500 empresas, hecho que no permite que muchas de estas pequeñas empresas no cumplan con sus obligaciones tributarias

La propuesta no busca establecer una amnistía generalizada, sino por el contrario plantea con carácter excepcional y por única vez, la regularización y el pago de obligaciones tributarias para las deudas recaudadas y/o administradas por la SUNAT, de los que tengan deudas insolutas exigibles pendiente de pago hasta el 30 de setiembre del 2009 y cuyo monto no sea mayor a S/. 2,500.00.

Se entiende por deuda insoluta, el saldo de la deuda pendiente de pago a la fecha del último pago parcial; precisándose, de ésta forma, el monto que servirá de base para la reliquidación de la deuda, cuando ésta hubiera sido objeto de pagos parciales o a cuenta.

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